La Corte Suprema de Justicia revocó la sentencia que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023, mediante el cual se derogó la Ley de Tierras Rurales.

El máximo tribunal fundamentó su decisión en que la organización que había presentado la demanda, el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), no tenía legitimación para impulsar ese reclamo en defensa de un supuesto derecho de incidencia colectiva.

La Corte aclaró que su resolución no implica un pronunciamiento sobre la constitucionalidad del artículo del DNU ni sobre las facultades que corresponden al Congreso para tratar la cuestión.

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