La Justicia laboral suspendió provisoriamente más de 80 artículos de la reforma laboral impulsada por el Gobierno. La decisión responde a una medida cautelar presentada por la CGT, que cuestionó la constitucionalidad de la norma.

La resolución fue firmada por el juez Raúl Ojeda, quien advirtió sobre una posible afectación de derechos constitucionales y el riesgo de perjuicios para los trabajadores. Por ese motivo, dispuso dejar en suspenso los artículos cuestionados de la Ley de Modernización Laboral (27.802), sancionada a fines de febrero.

El planteo fue impulsado por el triunvirato de la CGT, integrado por Jorge Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo, quienes sostuvieron que la ley vulnera derechos vinculados a la sindicalización, la negociación colectiva y el derecho a huelga.

En su fallo, el magistrado consideró que existen elementos suficientes para justificar la cautelar, al señalar la “verosimilitud del derecho” y el riesgo de una ruptura en derechos laborales adquiridos si la normativa se aplicara de inmediato.

La suspensión tiene carácter provisorio y se mantendrá hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de la ley. Mientras tanto, el juez planteó la necesidad de preservar la paz social durante el proceso judicial.

Desde la CGT celebraron la decisión y la calificaron como un fallo “contundente” en defensa de los trabajadores. Además, reiteraron sus críticas a la reforma, a la que consideran regresiva, y cuestionaron a los dirigentes políticos que acompañaron su aprobación en el Congreso.

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