La Corte Suprema dejó firme la condena a cinco años de prisión contra el exintendente de Colonia 25 de Mayo, La Pampa, por su participación en delitos de trata de personas.

La decisión fue adoptada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que declaró inadmisible el recurso extraordinario en queja interpuesto por la defensa de David Bravo. Así, quedó firme la condena impuesta por el Tribunal Oral Federal de La Pampa y ratificada por la Cámara Federal de Casación Penal.

Bravo fue hallado culpable como partícipe necesario del delito de trata de personas con fines de explotación sexual, al haber permitido el funcionamiento de los prostíbulos “Venus” y “Karibian” en su jurisdicción. La sentencia señaló que, pese a existir una ordenanza municipal que prohibía la habilitación de cabarets y whiskerías, los locales operaban con autorización oficial.

La investigación se inició el 13 de diciembre de 2011 tras la denuncia de una joven dominicana ante la Delegación La Pampa de la Dirección Nacional de Migraciones. La mujer aseguró haber escapado de un cabaret de Colonia 25 de Mayo, donde sufría maltratos y amenazas, y relató que otras mujeres —una de ellas embarazada— estaban en la misma situación.

Tres días después se realizó un allanamiento en el local nocturno, donde se constató la presencia de diez mujeres, en su mayoría de nacionalidad dominicana, que residían en el lugar y donde se llevaban a cabo los “pases”. Durante el operativo se exhibió una habilitación municipal firmada por Bravo bajo el rubro “cabaret”, pese a que una ordenanza previa, también suscripta por él, prohibía ese tipo de establecimientos por encubrir el delito de trata y violar la Ley de Profilaxis. En la causa también fue condenada la mujer que regenteaba los locales, mientras que el comisario imputado por encubrimiento agravado resultó absuelto.

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